CABILDO GENERAL DE ELECCIONES
Se comunica a todos los hermanos que, en cumplimiento de lo preceptuado en nuestras Reglas, y con la autorización de la Delegación Diocesana de Hermandades y Cofradías, esta Venerable, Ilustre y Mercedaria Hermandad Sacramental celebrará Cabildo General de Elecciones el martes, 25 de noviembre de 2025 (D. m.). Se realizará en la modalidad de abierto y su desarrollo tendrá lugar en las dependencias de la Hermandad, desde las 19:30 hasta las 21:30 h.
CALENDARIO DEL PROCESO ELECTORAL
– 25 de septiembre al 24 de octubre: plazo de presentación de las candidaturas a Hermano Mayor.
– 25 al 27 de octubre: aceptación o rechazo de las candidaturas por la Junta Electoral.
– 28 de octubre: exposición de la resolución de la Junta Electoral en el tablón de anuncios de la Casa de Hermandad y de la Parroquia.
– 29 de octubre al 1 de noviembre: presentación de posibles reclamaciones.
– 2 al 4 de noviembre: resolución de la Junta Electoral de las posibles reclamaciones.
– 27 de octubre al 15 de noviembre: consulta (previa petición), de lunes a viernes de 20,30 a 22,30 h. del censo provisional de votantes, el cual tal y como marca la Regla 75, lo formarán aquellos hermanos mayores de 18 años y con más de un año de antigüedad a fecha 25/11/25, que estén al corriente de sus cuotas (al menos tener abonado el año 2024). “Durante este plazo los hermanos podrán presentar y la Junta resolver cualquier reclamación motivada por error u omisión del censo. El hermano que no se encuentre al día en el pago de las cuotas, podrá cumplir con este requisito durante los citados días a los efectos de su inclusión en el censo definitivo, plazo que a esos efectos es perentorio”.
– El 16 de noviembre quedará confeccionado el censo definitivo de votantes.
A continuación se reproduce la Regla 69 para mejor conocimiento de los hermanos: podrán presentarse como candidatos a Hermano Mayor y ser, por tanto, elegibles los hermanos que se hallen en posesión de los siguientes requisitos:
1) Haber cumplido treinta años de edad y acreditar cinco años ininterrumpidos, como mínimo, de pertenencia a la Hermandad.
2) Residir en un lugar desde el que le sea posible cumplir con el cometido propio de un cargo de la Junta de Gobierno.
3) Distinguirse por su vida cristiana personal, familiar y social, así como por su vocación apostólica.
4) Haber recibido el Sacramento de la Confirmación o iniciar en tiempo prudencial la preparación para recibirlo.
Con la candidatura deberá aportarse la siguiente documentación:
– Relación, al menos, de los hermanos que formarían parte de la Junta de Gobierno como Teniente de Hermano Mayor, Secretario y Tesorero, con el VºBº del Director Espiritual de la Hermandad.
– Declaración jurada de su situación familiar. En el supuesto de ser casado, partida de matrimonio canónico.
– Declaración jurada de todos los miembros de la Junta de Gobierno acerca de su situación familiar, y que además deberán reunir los requisitos 2, 3 y 4 de esta Regla.
– Relación de los hermanos que avalen la candidatura con su firma y DNI., que habrán de ser como mínimo el 5% de los hermanos con derecho a voto.
No podrá ser candidato quien ejerza cargo de dirección en partido político, o de autoridad ejecutiva nacional, autonómica, provincial o municipal en el terreno político.
En ningún caso se podrá votar por delegación, correo, fax o cualquier otro procedimiento que no sea con presencia física. (Regla 76).